El Acuerdo 298/2026 mantiene la incompatibilidad durante adscripciones, comisiones de servicio y licencias que no extingan el vínculo con la Justicia. Advierte que los incumplimientos pueden derivar en cesantía o exoneración.
El TSJ de La Rioja ratificó que los judiciales no pueden ejercer la abogacía privada aunque trabajen en otro organismo
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